Mitos creados alrededor del Código Ingenios

Alerta fake

1. Mito: “15.000 empleos menos”

(a) Dónde se dijo: Página creada contra el Código

(b) Realidad: Según estudio de CEPAL (avalado por la Vicepresidencia), a 2013, el sector software empleaba 7.000 personas. No se ha duplicado esta industria en los últimos dos años (de bajos ingresos).

(c) Además: Siempre se necesitarán profesionales en tecnología (aunque quizá menos vendedores de licencias).

2. Mito: “No se podrá vender nunca software propietario” o también “No se podrán usar perforadoras petroleras ni tomógrafos”

(a) Dónde se dijo: Web 4 pelagatos

(b) Realidad: Art. 136 sí permite comprar software privativo si es indispensable

Art. 136.- Obligatoriedad de uso de software libre y estándares abiertos.- El sector público y las instituciones del Sistema Nacional de Educación y del Sistema de Educación Superior en todos sus niveles de formación, deberán usar obligatoria y exclusivamente software libre y estándares abiertos.

(…)

Quedará excluida de la autorización prevista en los incisos anteriores, la contratación de actualizaciones de software adquirido previamente a la entrada en vigencia de este Código; y, los sistemas que por razones técnicas o comerciales no puedan ser reemplazados por software libre.”

(c) Además: Desde 2008 el Ejecutivo (90% del gobierno) compra software libre, y también privativo por excepción.

3. Mito: “No se podrá vender iPhone”

(a) Dónde se dijo: Diario El Comercio

(b) Realidad: Art. 137 sí permite vender aparatos con software atado

Art. 137.- Los usuarios tienen derecho a la libre elección del software en dispositivos que admitan más de un sistema operativo.

(…) Únicamente cuando no pueda instalarse software libre en los dispositivos de que se trate, podrá ofrecerse software privativo.”

(c) Además: Elegir el sistema operativo permite más opciones a los ciudadanos.

4. Mito: “Que cada entidad elija lo que es mejor contratar”

(a) Dónde se dijo: Página web contra el Código

(b) Realidad:

  • Cada entidad mira por su interés institucional, y no siempre por el bien común: hay contrataciones repetidas, innecesarias o inadecuadas.
  • Una norma general debe velar por el bolsillo del contribuyente: reduce la discrecionalidad.
  • Comprar una licencia le impide a una entidad compartir con otras o compartir con el resto de la sociedad.
  • ASLE denuncia contrataciones excesivas o innecesarias: ninguna norma puede usarse para la corrupción.

(c) Además: Si es indispensable, la entidad podrá comprar software privativo con las excepciones del art. 136.

5. Mito: “Prefieran la industria nacional”

(a) Dónde se dijo: En respuesta, el gremio de contratistas pide una preferencia en compra pública

(b) Realidad: Ya hay preferencias en contratación pública.

(c) Además: Acuerdos de comercio como el de la Unión Europea, son incompatibles con preferencias locales.

Conclusiones:

  • El uso del software libre no afectará a la industria local, sino que la fortalecerá.
  • Ningún servicio ni obra ni empresa pública se paralizará por no poder usar software privativo.
  • El particular podrá seguir comprando el software que desee con su plata.
  • La llamada «preferencia nacional» dará igualdad de trato a proveedores europeos y extranjeros, por los acuerdos comerciales firmados.